Las placas rotativas, son placas de rodaje que identifican a los vehículos nuevos que se encuentran en proceso de inmatriculación en el Registro de Propiedad Vehicular, a fin de que éstos puedan circular en las vías públicas terrestres con las medidas de seguridad correspondientes.
Podrán ser usuarios de la Placa Rotativa las personas naturales y/o jurídicas dedicadas a la venta o comercialización de vehículos nuevos.
Los usuarios de la Placa Rotativa dedicadas a la comercialización de vehículos nuevos podrán, a su vez, asignarlas de manera específica a los propietarios de vehículos que haya comercializado y que se encuentren en proceso de inmatriculación ante la SUNARP, hasta por el plazo máximo que se indica en el Artículo N° 46.3 del D. S 004 -2014 - MTC
Es el documento que completa el permiso para circular con Placa Rotativa, en dicho documento deberá figurar los datos indicados en el artículo N°36.1 del Decreto supremo 004-2014-MTC.
El usuario de Placas Rotativas tendrá que emitir y entregar al propietario del vehículo nuevo que porta las Placas Rotativas, la Constancia de Asignación Específica de uso de las placas rotativas.
No. la normativa indica que los vehículos que portan la Placa Rotativa no se encuentran autorizados a prestar el servicio de transporte público de personas y de mercancías.
Si, la normativa señala que la Tarjeta de Asignación de la Placa (TAP) sustituye al Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) durante la circulación del vehículo. Indicados en el artículo N°36.1 del Decreto Supremo 004-2014- MTC.
 
Quién me hace entrega de mi placa rotativa para mi vehículo?
Los usuarios que son las comercializadoras de vehículos nuevos.
Concesión de ruta, Manual General de Operaciones, SUNARP, AAp - Asociación Automotriz del Perú, INDECOPI