La SUTRAN como ente fiscalizador se encargará de velar por el cumplimiento de las obligaciones de las empresas de transporte autorizas a realizar Transporte de Turismo, Transporte Regular Interprovincial, Transporte de Personal o Trabajadores, entre otras modalidades.
Dentro de las funciones de la SUTRAN, está la de fiscalizar las operaciones de las empresas operadoras de transporte terrestre de personas en sus diferentes modalidades.
QUE DEBE TENER PRESENTE EN UNA OPERACION DE TRANSPORTE DE PERSONAS O PASAJEROS
EL CONDUCTOR
- Licencia de conducir vigente y que corresponda a la clase y categoría del vehículo que conduce.
- Deberá contar con el curso de capacitación anual de conductores. (Suspendido).
- El conductor deberá estar inscrito en la nómina de conductores de su empresa.
- Los conductores deberán estar debidamente uniformados e identificados con la denominación o razón social del transportista. (Llevar un gafete o fotocheck, o camisa de la empresa).
- Deberá contar con su Manifiesto de Usuarios.
- Deberá contar con la Hoja de ruta.
- Además llevar la orden de servicio o contrato de servicio.
EL VEHICULO
- Certificado SOAT vigente. (que corresponda al servicio que está brindando).
- Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente. (que corresponda al servicio que está brindando).
- Deberá contar con Tarjeta Única de Circulación (TUC) vigente.
- El vehículo en la operación de transporte deberá contar con su GPS activo. (Transmitiendo al Centro de Control de Monitoreo Vehicular de la SUTRAN).
- Contar con las láminas o cintas retroreflectivas (25% del total del largo de vehículo)
- El vehículo deberá exhibir la modalidad del servicio de transporte (Turismo, Trabajadores) para el cual está autorizado con letras de caracteres visibles en la parte frontal, lateral, posterior, de color contrastante con el del vehículo.
- Luces o focos en perfecto estado de funcionamiento (llevar focos de repuesto).
- Extintores de acuerdo a la categoría del vehículo.
- Botiquín de emergencias.
- Triangulo de seguridad, gata y otros.

. |
|
|