Las empresas de Transporte que deseen transportar materiales peligrosos en el territorio nacional, deberán contar con lo siguiente:
- Permiso de Operación para el Transporte de Materiales y/o Residuos Peligrosos. Este permiso de operación es otorgado por la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), al amparo del D.S. 021-2008-MTC. Dicho permiso tiene una vigencia de cinco (5) años, para lo cual se otorga una Resolución Directoral de autorización.
- Plan de Contingencias aprobado. Es el documento obligatorio que debe contar todo transportista que preste servicio de transporte terrestre de Materiales y/o Residuos Peligrosos. La aprobación del referido Plan de Contingencias, está a cargo de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales - DGASA.
- Además de las autorizaciones mencionadas en los puntos anteriores, dependiendo del tipo de producto que se transportará, el Transportista deberá contar con la respectiva autorización del sector para poder efectuar sus operaciones de transporte dentro del marco legal vigente.
Ejemplo:
Si se tranportará Materiales explosivos tales como dinamita o anfo, el transportista deberá gestionar un permiso adiocional en la DISCAMEC.
Si se va a transportar combustibles o hidrocarburos, deberá contar con un permiso de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), del Ministerio de Energía y Minas.
Si se va a transportar residuos biológicos, deberán contar con un permiso especial del MINSA.
- Inscripción en el Registro para el Control de Insumos Químicos y Bienes Fiscalizados - IQPF. Solo para aquellos transportistas que vayan a transportar algún bien o insumo fiscalizado. (Listado de bienes e insumos fiscalizados de la SUNAT).
- Asimismo, deberás contar con los demás documentos que requieren una operación de transporte: Guías, órdenes, licencias del conductor, etc.
INSCRIBETE EN EL REGISTRO DE BIENES E INSUMOS QUIMICOS FISCALIZADOS DE LA SUNAT - IQPF
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