Peru Transportes
 
E-mail: perutransportes.servicios@gmail.com
Celular: 954187616 (Rpc)
Inicio Nosotros Servicios Preguntas Mapa del sitio Clientes Contacto
Peru Transportes
 

BONO DEL CHATARREO - RENOVACION DEL PARQUE AUTOMOTOR

camión de carga
          Educación vial
  perutransportes  
             

 

TRANSPORTE POR CARRETERA
Transp. de pasajeros
Mercancías o carga
Materiales peligrosos

 

Trámites de Transporte
ASESORAMIENTO EN SUS GESTIONES
Trámites MTC
ADUANAS
Transp. Internacional

 

representante-de-empresas
NORMATIVIDAD
Nacionales
Comunidad Andina
Cono Sur - ATIT

 

camión carretera
IMPORTANTE
Links Interesantes
Laborales
Otros

 

 

 

 

BONO DEL CHATARREO - PROGRAMA PARA LA RENOVACION DEL PARQUE AUTOMOTOR - D.S. N° 023-2011-MTC

Mediante Decreto Supremo N° 023-2011-MTC, se crea el Programa para la Renovación del Parque Automotor, que permitirá el retiro de circulación de los vehículos antiguos, y que conlleve a la reducción de los accidentes por defectos mecánicos y a la disminución de los índices de contaminación del medio ambiente, así como promover el cambio de matriz energética en el Perú. Dicho programa, promueve la renovación del parque automotor con vehículos nuevos, mediante el chatarreo de vehículos de la cataregoría M1, de encendido por compresión y por chispa. Este programa tendra una vigencia de cinco (5) años, contados a partir de la fecha del mencionado decreto.

Mediante Decreto Supremo N° 028-2011-MTC, se aprueba el reglamento del Programa para la renovación del Parque Automotor, el mismo que tiene como principal finalidad lo siguiente:

  • Establecer el proceso de chatarreo de vehículos que forma parte del Programa para la Renovación del Parque Automotor, creado por el Decreto Supremo Nº 023-2011-MTC, en adelante EL PROGRAMA.
  • Los requisitos y el procedimiento administrativo correspondientes a la autorización y funcionamiento de los Centros de Chatarreo de Vehículos, Entidades Certificadoras del Proceso de Chatarreo de Vehículos y el Régimen de Autorización y Registro de Proveedores de Vehículos Nuevos, así como las obligaciones de los mismos.
  • El procedimiento para la emisión y entrega del Certificado de Chatarreo de Vehículos y el Incentivo Económico.
  • Las demás disposiciones necesarias para el funcionamiento y supervisión de EL PROGRAMA.

Cabe hacer mención, que el referido programa está dirigido para toda persona natural o jurídica que acrediten ser propietario de un vehículo de la categoría M1 de encendido por compresión o encendido por chispa de más de quince (15) años de antigüedad. Las referidas unidades vehiculares, no deberán estar afectos a gravámenes y al momento de entrar en vigencia el presente Reglamento, se deben encontrar inscritos en el Registro de la Propiedad Vehicular de la SUNARP.

El programa de renovación del parque automotor, es de alcance nacional, y tiene un incentivo económico de siete mil (S/. 7000.00) nuevos soles, siempre y cuando el beneficiario-solicitante, cumpla con todas los requisitos establecidos en la normativa, el mismo que será desembolsado a la entidad financiera elegida por el beneficiario.

Requisitos para acceder al Bono del Chatarreo:

  1. Documento que acredite la propiedad del vehículo:
    • Tarjeta de propiedad vehicular, o;
    • Acta notarial de transferencia vehicular, o;
    • Minuta de compra - venta, de fecha cierta, o;
    • Contrato privado de compra venta con firmas legalizadas, o;
    • Partes judiciales de transferencia vehicular, o;
    • Otros títulos de transferencia vehicular según el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular.
    • En el caso de personas jurídicas, certificado de vigencia de poder de su representante legal, expedido por la SUNARP, en el cual conste sus facultades para disponer de los vehículos de la empresa.
  2. De ser el caso documento para acreditar la posesión y tenencia del vehículo:
    • Constancia o certificados del servicio de taxi (SETACA O SETAME) para acreditar la posesión continúa del vehículo durante 05 años consecutivos.
  3. DNI del propietario, representante legal o poseedor del vehículo.
  4. Contar con certificado de SOAT vigente.
  5. Documento que acredite haber solicitado la Revisión Técnica Vehicular en los dos últimos años, independientemente de su aprobación o desaprobación.
  6. Certificado Negativo de Gravamen del vehículo expedido por la SUNARP con una antigüedad no mayor a quince (15) días útiles.
  7. Certificado de Identificación Vehicular expedido por la División de Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE) de la PNP, con una antigüedad no mayor a quince (15) días útiles.
  8. Documento expedido por la Entidad Bancaria correspondiente que acredite que cuenta con la pre aprobación del crédito para la compra de un vehículo cero kilómetros, con encendido de chispa de hasta 1600 centímetros cúbicos, convertido para ser usado alternativamente a Gas Natural Vehicular, que mantenga la garantía del fabricante, el cual deberá adquirirse en cualquiera de las entidades comercializadoras de vehículos registradas en la DGASA de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 023-2011-MTC.
  9. Constancia de no adeudo, deuda no tributaria, multas por infracciones al Reglamento General de Tránsito, emitida por la autoridad competente (Servicio de Administración Tributaria - SAT, Municipalidades, etc.).
  10. Carta poder con firma legalizada del propietario que autoriza al MTC a solicitar a la SUNARP en su representación el retiro definitivo del vehículo del Registro de Propiedad Vehicular.
  11. Declaración Jurada simple que responde a la de Cesión de derechos sobre la Chatarra suscrita por el Propietario del vehículo a favor del Centro de Chatarreo.
  12. Declaración Jurada Simple que responde a la Cesión de Derechos por la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero suscrita por el propietario del vehículo a favor del MTC.
  13. Declaración Jurada del propietario del vehículo manifestando que asume cualquier responsabilidad civil, penal, tributaria o administrativa que se origine por la información que suministre o cualquiera que surja con ocasión del proceso de chatarreo del vehículo, así como que el vehículo cuenta con los requerimientos mecánicos mínimos, correspondientes a la configuración técnica y a la identificación del mismo.

Podrán acogerse al referido programa, presentando ante el Centro de Chatarreo de Vehículos, en presencia de EL CERTIFICADOR (Entidad Certificadora del Proceso de Chatarreo de Vehículos), los documentos señalados precedentemente. Asimismo, cabe señalar que las personas naturales o jurídicas que deseen acogerese al referido programa, deberán tener un crédito pre-aprobado por alguna Entidad Financiera para adquirir un vehículo nuevo de proveedores registrados.

Centro de Chaterreo de Vehículos:

  1. Aceros y Metales del Sur E.I.R.L. (Autorizado con Resolución Directoral Nº 107-2011-MTC/16). Dirección: Av. Los Algarrobos, Mz L-1, Sub-lote 1-B, Villa El Salvador.

Entidades Certificadoras:

  1. SGS del Perú S.A.C. (Autorizado con Resolución Directoral Nº 179-2011-MTC/16).

Proveedores de vehículos nuevos:

  1. DERCO Perú S.A.
  2. Ecolínea S.A.C.
  3. AGN Ingenieros S.A.C.
  4. AutoCar del Perú S.A.
  5. Nissan Maquinarias S.A.
  6. Mass Automotriz S.A.
  7. Taxi Seguro S.A.
  8. General Motors Perú S.A.

 

 
Volver
 
 
 
TEMAS RELACIONADOS
 

Requisitos para acogerse al programa de renovación del parque automotor y acceder al bono del chatarreo

 
 
PREGUNTAS FRECUENTES
 

¿Cuánto será el monto que te den por el bono del chatarreo?

Siete mil (S/. 7000.00) nuevos soles

 

¿El bono de chatarreo lo recibo como dinero en efectivo?

No. El bono del chatarreo se utiliza para financiar el auto elegido con el Proveedor de vehículos nuevos.

 

¿Por qué tengo que ir a una entidad financiera?

Se debe examinar el historial crediticio del comprador y verificar que cumplirá con pagar el auto elegido. En otras palabras, una persona puede tener el dinero al contado pero eso no dice que sea un buen pagador. El historial de buen pagador lo examinan las entidades financieras para verificar que los beneficiarios no estén en InfoCorp. Al igual, cuando uno compra una línea celular postpago las empresas telefónicas verifican que uno tenga ingresos estables con las boletas de pago o recibos por honorarios y así comprobar que podremos honrar con el compromiso de pagar sus recibos de teléfono a final de mes.
 

¿Dónde presento el expediente con los requisitos, en el MTC o en la Municipalidad del Callao?

No. Presentarlo ante el centro de chatarreo (autorizado por el MTC) en presencia del certificador.

 

¿Auto?

 
 

 

 

 

 

 

 

P U B L I C I D A D
Turismo en Perú - Ekeko
Ofertas Turismo
TURISMO
PERU

 

 

Claves
D.S. 023-2011-MTC
MTC REGIMEN
CHATARRA Y BONO
CAMBIAR CARRO VIEJO
Chatarreo BONO
Ministerio Transporte
AUTOS CAMBIAR
VEHICULOS ANTIGUOS
RENOVAR MI AUTO
CARRO VIEJO

 

             

Copyright C 2002 - 2011 Joe Softsonic.com S.A.. Todos los derechos reservados

Términos y condiciones - Políticas de privacidad